Cómo saber mi deuda de Impuesto de Primaria en Uruguay 2026

Última actualización: julio de 2026.

Si sos propietario de un inmueble en Uruguay (casa, apartamento, terreno, campo), tenés que pagar el Impuesto de Primaria todos los años. Este tributo lo administra la DGI (Dirección General Impositiva) y se destina exclusivamente a financiar la educación primaria pública en todo el país. En esta guía te explicamos cómo consultar tu deuda, cómo se calcula, quiénes deben pagarlo, qué exoneraciones existen, y cómo pagar online o presencialmente en 2026.

¿Qué es el Impuesto de Primaria y para qué se usa?

El Impuesto de Enseñanza Primaria es un tributo anual obligatorio que pagan los propietarios de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales en Uruguay. Toda la recaudación va a la ANEP (Administración Nacional de Educación Pública) para el Consejo de Educación Primaria: alimentación escolar, transporte escolar en zonas rurales, mantenimiento de infraestructura edilicia, materiales didácticos y salarios del personal de servicio de las escuelas.

Aunque los fondos van a la educación primaria, el impuesto lo gestiona la DGI, organismo dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas.

Cómo consultar tu deuda online

La consulta es gratuita y no necesitás registrarte ni tener clave de acceso, solo los datos de tu inmueble.

  1. Entrá a la Consulta de deuda de Impuesto de Primaria en el sitio de DGI.
  2. Elegí buscar por número de padrón (la opción más común) o por número identificador (aparece en el ángulo superior izquierdo de tu factura).
  3. Completá departamento, localidad catastral, número de padrón, y número de apartamento/bloque si corresponde.
  4. Hacé clic en «Consultar». El sistema te muestra el monto total, las cuotas y sus vencimientos, si tenés deuda atrasada, y tu estado (al día, con deuda o exonerado).
  5. Podés descargar la factura en PDF.

Si no sabés tu número de padrón, buscalo en tu cédula catastral, en una factura anterior de Primaria o de Contribución Inmobiliaria, o consultando en la Dirección Nacional de Catastro.

Otras formas de consultar

  • WhatsApp: 098 134 400. El sistema automatizado pide los datos de tu padrón y te informa la deuda.
  • Redes de cobranza: en Abitab, RedPagos o Correo Uruguayo, con los datos de tu padrón.
  • Oficinas de DGI: con tu cédula y los datos del inmueble.

¿Quiénes deben pagar?

Todos los propietarios de inmuebles en Uruguay, personas físicas o jurídicas, y también quienes tienen promesas de compraventa inscriptas. Si compraste un inmueble en 2025, empezás a pagar recién en enero de 2026: el año de la compra lo paga el vendedor anterior.

Están alcanzados inmuebles urbanos (casas, apartamentos, locales), suburbanos (chacras cerca de ciudades) y rurales (campos, estancias).

Exoneraciones

Por valor catastral (la más común)

Están exonerados los inmuebles con valor catastral inferior a $282.612 (valor vigente para 2026). Es automática, no requiere trámite.

Por tipo de propiedad

Según los artículos 5 y 69 de la Constitución: inmuebles del Estado, de gobiernos departamentales, templos religiosos de cualquier religión, instituciones de enseñanza privada sin fines de lucro, instituciones culturales sin fines de lucro, e inmuebles de gobiernos extranjeros (embajadas, consulados).

Si creés que tu inmueble califica, podés pedir una constancia oficial desde los servicios en línea de DGI, en «Impuesto de Primaria» → «Constancia de exoneración».

Cómo se calcula

El cálculo se basa en el valor catastral de tu inmueble (el que figura en tu cédula catastral, no el valor de mercado). El sistema usa 4 franjas de valor con alícuotas progresivas y marginales, del 0,15% al 0,30%: cada tramo se aplica solo sobre el excedente de esa franja, no sobre el valor total del inmueble.

No tengo confirmados los cortes exactos en pesos de las franjas 2, 3 y 4 para el ejercicio 2026 — sí está confirmado que la estructura de 4 franjas y el rango de alícuotas (0,15% a 0,30%) se mantiene igual que en años anteriores. Para el cálculo exacto de tu inmueble, usá el simulador oficial en la web de DGI con el valor catastral de tu cédula, en vez de aplicar cortes de años anteriores que ya cambiaron.

Cuándo pagar en 2026

  • Primera cuota: vence el 29 de mayo de 2026 (pago habilitado desde el 2 de enero de 2026).
  • Segunda cuota: vence el 31 de agosto de 2026.
  • Tercera cuota: vence el 30 de octubre de 2026.

También podés pagar todo en una sola cuota anual. Confirmá siempre las fechas exactas en la web de DGI, ya que pueden ajustarse.

Formas de pago

En cuotas, por redes de cobranza: esperá la factura por email (la DGI la envía al correo registrado), o descargala desde la página de consulta de deuda, o pedila a impuestosprimaria@anep.edu.uy. Llevala impresa o en el celular a Abitab, RedPagos o Correo Uruguayo, pagá en efectivo o con tarjeta de débito, y guardá el comprobante.

Pago total anual, por BANRED o banca online: en cajeros BANRED, «Pagos de servicios» → «Impuesto de Primaria» → tu número de padrón. Por banca online (e-BROU, Itaú, Santander, BBVA y otros bancos de la red BANRED), en «Pagos de servicios» → «DGI Impuesto de Primaria».

Débito automático: disponible en bancos BBVA, Santander, Itaú, Scotiabank y HSBC, o a tarjetas de crédito OCA, Visa, Cabal, Créditos Directos y Club Del Este. Andá a tu banco o entidad con la factura vigente y al día, pedí adherirte, y a partir del próximo vencimiento te debitan automáticamente.

Desde el exterior: se puede pagar mediante transferencia bancaria internacional a la cuenta de DGI; hay un instructivo específico en la web oficial.

Si no pagás

Recargos por mora

  • 5% si pagás dentro de los 5 días hábiles después del vencimiento.
  • 10% si pagás después de 5 días hábiles y antes de 90 días corridos del vencimiento.
  • 20% si pagás después de 90 días corridos del vencimiento.

Intereses moratorios

Se calculan diariamente, incrementando en un 10% la última tasa media trimestral de crédito bancario publicada por el BCU, y se acumulan mientras la deuda siga impaga.

Consecuencias de deuda prolongada

Reporte a Clearing de Informes (afecta tu historial crediticio), inhabilitación para obtener certificados de estar al día con DGI (necesarios para venta de inmuebles y otros trámites), y eventuales acciones legales de cobro judicial.

Convenio de pago

Si tenés deuda atrasada y no podés pagarla toda junta, podés hacer un convenio en cuotas:

  1. Descargá el formulario 5809 V00 de la web de DGI.
  2. Completalo con tus datos y la deuda a conveniar.
  3. Juntá cédula vigente, fotocopia del recibo de Primaria o Contribución, y poder notarial vigente (máximo 6 meses) si actuás en representación de otra persona.
  4. Presentalo en una oficina de DGI.
  5. DGI analiza y propone un plan de cuotas; si aceptás, firmás el convenio.

No podés tener otro convenio activo de Primaria para solicitar uno nuevo. Podés usar el simulador de convenios en la web de DGI antes de presentarte.

Deducción en IRPF

El Impuesto de Primaria que pagás es deducible en la liquidación del IRPF, lo que reduce tu base imponible. Guardá los comprobantes de pago si presentás declaración jurada de IRPF.

Preguntas frecuentes

¿Si alquilo mi inmueble, quién paga: el propietario o el inquilino?

Siempre el propietario. Podés acordar con el inquilino que te reintegre el monto en el contrato de alquiler, pero la obligación tributaria ante DGI es tuya.

¿Si tengo varios inmuebles, pago por cada uno?

Sí, cada inmueble tiene su propio padrón y se trata como contribuyente separado, con su propia factura.

¿Qué hago si vendí mi inmueble pero me sigue llegando la factura?

Si vendiste en 2025, seguís siendo contribuyente de todo el año 2025; el nuevo propietario empieza a pagar en enero de 2026. Si te siguen llegando facturas de años posteriores a la venta, hay un error: comunicate con DGI para informar el cambio de titularidad.

¿Cómo actualizo mi email para recibir la factura?

Desde los servicios en línea de DGI, en «Impuesto de Primaria» → «Envío factural por correo electrónico» o «Cambio de dirección de envío de la factura».

¿Puedo pagar deuda atrasada de años anteriores junto con la actual?

Sí, el sistema te muestra la deuda total incluyendo años anteriores. Tené en cuenta que la deuda atrasada ya incluye recargos e intereses acumulados.

¿Los padrones rurales con explotación agropecuaria pagan diferente?

Sí, tienen un cálculo especial que considera el índice CONEAT y la superficie explotada, con una planilla específica que publica DGI cada ejercicio. Los pequeños productores rurales con menos de 300 hectáreas índice CONEAT 100 pueden acceder a exoneración por superficie, y en general quedan eximidos de presentar declaración jurada quienes tengan todos sus padrones rurales con valor catastral individual menor a $282.612.

¿Dónde veo mi historial de pagos?

En la consulta de pagos de Impuesto de Primaria, ingresando los datos de tu padrón, con historial de los últimos 10 años.

¿Puedo pedir una constancia de estar al día?

Sí, desde los servicios en línea de DGI, en «Impuesto de Primaria» → «Constancia de estar al día». Es gratuita y se emite al instante si no tenés deuda.

Si es la primera vez que consultás, lo más rápido es entrar directo a la consulta de deuda online con tu número de padrón a mano; si no lo tenés, buscalo en cualquier factura anterior antes de intentar la consulta.

Jonatan Almeira

Periodista graduado en la Universidad Nacional de La Plata (Argentina). Desde 2021 cubre trámites y procedimientos administrativos uruguayos en tramitesyconsultas.org, verificando cada artículo contra fuentes oficiales de gub.uy, BPS, DGI y organismos del Estado.